Qué Hacer Si ICE Lo Detiene
Una detención de ICE es aterradora y ocurre rápido. Conocer sus derechos antes de que suceda, o inmediatamente después, puede marcar una diferencia significativa en el resultado de su caso.
Revisado por Gracie Johnson, Especialista Certificada en Leyes de Inmigración y Nacionalidad, State Bar de California, Barra de California #276536
Tiene el derecho de permanecer en silencio. No tiene que responder preguntas sobre dónde nació, cómo entró a los EE. UU., o cualquier cosa sobre su historial migratorio. Diga claramente: 'Estoy ejerciendo mi derecho a permanecer en silencio. Quiero hablar con una abogada.'
No tiene que firmar nada. ICE puede pedirle que firme una orden de salida voluntaria o una orden de deportación estipulada. Estos documentos tienen consecuencias legales mayores. No firme ningún documento sin hablar primero con una abogada de inmigración.
Tiene derecho a contactar a una abogada. ICE debe permitirle hacer llamadas y contactar asesoramiento legal. Si familiares o amigos están afuera, deben llamar inmediatamente a una abogada de inmigración al (310) 554-4630.
ICE debe presentar una orden antes de entrar a su hogar. Si ICE llega a su puerta, no está obligado a abrir a menos que presenten una orden judicial firmada por un juez. Una orden administrativa de ICE (I-200 o I-205) no le obliga a abrir la puerta.
Audiencias de fianza: En muchos casos de detención, un juez de inmigración puede establecer fianza. Presentamos solicitudes de audiencia de fianza rápidamente y argumentamos sus vínculos comunitarios, tiempo de residencia y relaciones familiares para asegurar su liberación.
¿Está lista para hablar con una abogada?
También disponible en inglés: What To Do If ICE Detains You
