¿Qué es una Orden de Deportación en Ausencia?
Una orden de deportación en ausencia se emite cuando una persona no se presenta a su audiencia programada en la corte de inmigración. Estas órdenes son serias, pero en muchos casos pueden reabrirse o impugnarse.
Revisado por Gracie Johnson, Especialista Certificada en Leyes de Inmigración y Nacionalidad, State Bar de California, Barra de California #276536
Si recibió un Aviso de Comparecencia (NTA) por correo y no fue a su audiencia, el juez de inmigración probablemente emitió una orden de deportación en su ausencia. Esto significa que ha sido ordenado a deportar aunque no estuviera presente.
Una orden de deportación en ausencia puede tener consecuencias graves: puede ser deportado en cualquier momento, puede ser inelegible para ciertos beneficios de inmigración por 10 años, y volver a entrar a los EE. UU. después de la deportación es un delito federal.
Sin embargo, estas órdenes a veces pueden impugnarse. Se puede presentar una moción para reabrir si puede demostrar que no recibió la notificación adecuada de la audiencia, o que su incumparecencia se debió a circunstancias excepcionales fuera de su control.
Las mociones para reabrir generalmente deben presentarse dentro de los 180 días de la orden de deportación si se basan en circunstancias excepcionales, o en cualquier momento si se basan en falta de notificación. No espere.
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También disponible en inglés: What Is a Deportation Order in Absentia?
