¿Qué Hacer si ICE Llega a Su Casa? Sus Derechos en Compton, CA
Conozca sus derechos antes de una emergencia. La abogada Gracie Johnson protege a familias inmigrantes en Compton y todo el Sur de Los Ángeles.
¿Fue detenido un familiar? Llame AHORA
(310) 554-4630Reviewed by Gracie Johnson, Certified Specialist in Immigration and Nationality Law, State Bar of California, California State Bar #276536
Si ICE llega a su casa o trabajo, o lo detienen en la calle, tiene derechos, sin importar su estatus migratorio. Conocer sus derechos antes de que ocurra una situación puede cambiar completamente el resultado. Esta guía fue preparada por la abogada Gracie Johnson para las familias de Compton, Watts, Lynwood, Carson y todo el Sur de Los Ángeles.
Common Questions
Si ICE Llega a Su Casa
- 1NO abra la puerta. ICE no puede entrar a su casa sin una orden judicial firmada por un juez. Una orden administrativa de ICE (Formulario I-200 o I-205) NO les da derecho de entrar. Pídales que deslicen la orden por debajo de la puerta o que la muestren por la ventana. Si no está firmada por un juez, NO abra la puerta.
- 2Manténgase tranquilo. No corra ni se resista. Correr puede usarse en su contra y puede resultar en cargos adicionales.
- 3NO firme nada. No firme ningún documento sin hablar primero con una abogada. Firmar ciertos formularios puede significar que está aceptando salir voluntariamente del país.
- 4Ejerza su derecho a guardar silencio. No tiene que responder preguntas sobre su estatus migratorio, dónde nació o cómo entró a los Estados Unidos. Puede decir: "Estoy ejerciendo mi derecho a guardar silencio. Quiero hablar con una abogada."
- 5Llame a una abogada de inmediato. Llame a Gracie Johnson Law al (310) 554-4630.
¿Cómo Saber si la Orden de ICE es Válida?
Hay dos tipos de órdenes que ICE puede presentar. Es importante saber la diferencia:
ORDEN JUDICIAL (Debe cumplir)
- • Firmada por un juez federal o estatal
- • Tiene el nombre del tribunal en el encabezado
- • Tiene la firma de un juez, no de un agente de ICE
- • Sí les da derecho de entrar
ORDEN ADMINISTRATIVA (No tiene que abrir)
- • Formulario I-200 o I-205
- • Firmada por un oficial de ICE, NO por un juez
- • NO les da derecho de entrar a su casa
Si un Familiar Fue Detenido por ICE
- 1
Averigüe dónde está su familiar. Use el localizador de detenidos de ICE en línea en locator.ice.gov. Necesita su nombre completo, país de nacimiento y fecha de nacimiento.
- 2
No tome decisiones sin una abogada. No acepte la deportación voluntaria. No renuncie a ningún derecho. Llame primero a una abogada.
- 3
Junte sus documentos de inmigración. Busque en casa cualquier tarjeta de residencia, permiso de trabajo, aprobación de DACA, visa u órdenes de la corte de inmigración.
- 4
Llame a Gracie Johnson Law al (310) 554-4630. Manejamos casos de detención de emergencia y podemos actuar rápidamente para una audiencia de fianza.
Protecciones de California para Inmigrantes en 2026
La ley de California limita cómo y cuándo la policía local y los alguaciles pueden cooperar con ICE. Bajo la ley de California, la policía local generalmente no puede arrestarle solo por su estatus migratorio, no puede retenerle en la cárcel solo para ICE y no puede participar en operaciones de aplicación de ICE sin autorización específica. Estas protecciones no impiden que los agentes federales de ICE operen en California, pero sí limitan la cooperación local. Conozca sus derechos.
Prepare a Su Familia Ahora, Antes de una Emergencia
No espere a que ocurra una emergencia. Estos son pasos que puede tomar hoy:
- •Hable con sus hijos sobre qué hacer si uno de los padres es detenido
- •Designe a alguien de confianza que pueda cuidar a sus hijos en una emergencia
- •Guarde copias de sus documentos de inmigración en un lugar seguro fuera de su casa
- •Escriba el número de una abogada de inmigración y guárdelo donde su familia pueda encontrarlo: (310) 554-4630
- •Consulte con una abogada sobre si califica para algún estatus legal que le proteja
Tarjeta de Derechos, Guárdela en Su Teléfono
MIS DERECHOS SI ICE LLEGA
- ✓No tengo que abrir la puerta sin una orden judicial
- ✓No tengo que responder preguntas
- ✓No tengo que firmar nada
- ✓Tengo derecho a hablar con un abogado
MI ABOGADA: Gracie Johnson Law
(310) 554-4630Preguntas Frecuentes
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